Base de datos de fichas de datos de seguridad – Contenido y elementos formales de una ficha de datos de seguridad (UE) 2020/878
Una ficha de datos de seguridad debe proporcionar información sobre los peligros, así como sobre el almacenamiento, manipulación y eliminación seguros de una sustancia o mezcla. La posesión de esta información permitirá a los usuarios tomar las medidas necesarias relacionadas con la protección de la salud y la seguridad de las personas en el lugar de trabajo y la protección del medio ambiente.
Los requisitos de contenido y formato de una ficha de datos de seguridad están actualmente definidos por el Reglamento (UE) 2020/878.
El reglamento que entró en vigor el 1 de enero de 2021 sustituye al Reglamento (UE) n.º 2015/830 que contenía los requisitos sustantivos y formales de las fichas de datos de seguridad.
Después del 1 de enero de 2023, las fichas de datos de seguridad de todos los productos disponibles en el mercado deben cumplir con este reglamento, lo que significa que todas las fichas de datos de seguridad deben revisarse hasta el 31 de diciembre de 2022.
ES I CS I DE I EN I FR I IT I HU I PL I RO I SK I SL
SECCIÓN 1. Identificación de la sustancia o la mezcla y de la sociedad o la empresa
1.1. Identificador de producto
Si una mezcla tiene un identificador único de fórmula (UFI) con arreglo al anexo VIII, parte A, sección 5, del Reglamento (CE) n.o 1272/2008 y si dicho UFI se indica en la ficha de datos de seguridad, deberá figurar también en el presente epígrafe.
1.2. Usos pertinentes identificados de la sustancia o de la mezcla y usos desaconsejados
1.3. Datos del proveedor de la ficha de datos de seguridad
1.4. Teléfono de emergencia
SECCIÓN 2. Identificación de los peligros
2.1. Clasificación de la sustancia o de la mezcla
2.2. Elementos de la etiqueta
2.3. Otros peligros
SECCIÓN 3. Composición/información sobre los componentes
3.1. Sustancias
3.2. Mezclas
SECCIÓN 4. Primeros auxilios
4.1. Descripción de los primeros auxilios
4.2. Principales síntomas y efectos, agudos y retardados
4.3. Indicación de toda atención médica y de los tratamientos especiales que deban dispensarse inmediatamente
SECCIÓN 5. Medidas de lucha contra incendios
5.1. Medios de extinción
5.2. Peligros específicos derivados de la sustancia o la mezcla
5.3. Recomendaciones para el personal de lucha contra incendios
SECCIÓN 6. Medidas en caso de vertido accidental
6.1. Precauciones personales, equipo de protección y procedimientos de emergencia
6.2. Precauciones relativas al medio ambiente
6.3. Métodos y material de contención y de limpieza
6.4. Referencia a otras secciones
SECCIÓN 7. Manipulación y almacenamiento
7.1. Precauciones para una manipulación segura
7.2. Condiciones de almacenamiento seguro, incluidas posibles incompatibilidades
7.3. Usos específicos finales
SECCIÓN 8. Controles de exposición/protección individual
8.1. Parámetros de control
8.2. Controles de la exposición
SECCIÓN 9. Propiedades físicas y químicas
9.1. Información sobre propiedades físicas y químicas básicas
9.2. Otros datos
SECCIÓN 10. Estabilidad y reactividad
10.1. Reactividad
10.2. Estabilidad química
10.3. Posibilidad de reacciones peligrosas
10.4. Condiciones que deben evitarse
10.5. Materiales incompatibles
10.6. Productos de descomposición peligrosos
SECCIÓN 11. Información toxicológica
11.1. Información sobre las clases de peligro definidas en el Reglamento (CE) n.o 1272/2008
11.2. Información relativa a otros peligros
SECCIÓN 12. Información ecológica
12.1. Toxicidad
12.2. Persistencia y degradabilidad
12.3. Potencial de bioacumulación
12.4. Movilidad en el suelo
12.5. Resultados de la valoración PBT y mPmB
12.6. Propiedades de alteración endocrina
12.7. Otros efectos adversos
SECCIÓN 13. Consideraciones relativas a la eliminación
13.1. Métodos para el tratamiento de residuos
SECCIÓN 14. Información relativa al transporte
14.1. Número ONU o número ID
14.2. Designación oficial de transporte de las Naciones Unidas
14.3. Clase(s) de peligro para el transporte
14.4. Grupo de embalaje
14.5. Peligros para el medio ambiente
14.6. Precauciones particulares para los usuarios
14.7. Transporte marítimo a granel con arreglo a los instrumentos de la OMI
SECCIÓN 15. Información reglamentaria
15.1. Reglamentación y legislación en materia de seguridad, salud y medio ambiente específicas para la sustancia o la mezcla
15.2. Evaluación de la seguridad química
SECCIÓN 16. Otra información
La ficha de datos de seguridad no debe contener subsecciones en blanco y debe indicarse claramente si no se utilizan datos específicos o no se dispone de datos.
El compilador de la ficha de datos de seguridad podrá indicar otras subsecciones, siempre que no contengan información contradictoria con otras secciones de la ficha de datos de seguridad.
Una ficha de datos de seguridad no es un documento de longitud fija, sino que su longitud debe ser proporcional a los peligros de la sustancia o mezcla y a la información disponible, formulando la información de manera clara y concisa.
El lenguaje utilizado en la ficha de datos de seguridad será sencillo, claro y preciso, evitando jergas, siglas y abreviaturas. No se utilizarán declaraciones que indiquen que la sustancia o mezcla no es peligrosa (tales como «puede ser peligrosa», «inofensiva», «no tiene efectos sobre la salud») o cualquier otra declaración que sea incompatible con la clasificación de esa sustancia o mezcla.
Todas las páginas de una ficha de datos de seguridad deberán estar numeradas y llevarán una indicación de la longitud de la ficha de datos de seguridad (como «página 1 de 3») o una indicación de si hay una página siguiente (como «Continúa en página siguiente» o «Fin de la ficha de datos de seguridad»).
La ficha de datos de seguridad será elaborada por una persona competente que tendrá en cuenta las necesidades específicas y los conocimientos de los usuarios, en la medida en que los conozca. En algunos casos, esto puede significar el trabajo de más de una persona, ya que la creación de una ficha de datos de seguridad requiere una amplia gama de conocimientos.
La ficha de datos de seguridad se entregará gratuitamente, en papel o en formato electrónico, a más tardar en el momento en que se entregue por primera vez la sustancia o la mezcla.
La ficha de datos de seguridad debe estar garantizada en la lengua o lenguas oficiales de los Estados miembros en los que se comercializa la sustancia o mezcla, a menos que los Estados miembros interesados dispongan lo contrario.